Ley Beckham y criptos ¿Qué debo tributar en España?

El auge de la inversión en criptomonedas ha generado importantes interrogantes fiscales, especialmente para aquellos contribuyentes acogidos al régimen especial de repatriados (Ley Beckham) ante la poca información existente.
En este artículo, desde AFCripto, analizamos los puntos clave que debes conocer si te encuentras en este régimen y dispones de criptoactivos.
¿Qué es la Ley Beckham?
El régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a territorio español, comúnmente conocido como “Ley Beckham”, está regulado en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).
Este régimen permite a las personas que se acojan a él tributar únicamente por las rentas obtenidas en España, quedando exentas de tributar por las rentas generadas en el extranjero, siempre que se mantengan los requisitos de elegibilidad.
Podrán acogerse a este régimen, por un máximo de seis años (1 año + 5 prórrogas automáticas), las personas que trasladen su residencia fiscal a España y que no hayan sido residentes fiscales en territorio español durante los diez períodos impositivos anteriores, entre otros requisitos.
¿Cómo afecta a las criptomonedas la Ley Beckcham?
ALa Ley Beckham permite tributar únicamente por las rentas obtenidas en España. Sin embargo, en el caso de las criptomonedas, determinar el origen territorial de las ganancias no siempre es evidente.
1. Exchanges con sede en España
Si un contribuyente realiza operaciones con criptomonedas a través de un exchange que tiene establecimiento permanente en España, como Binance España, se considera que las plusvalías generadas están obtenidas en territorio español, y por tanto tributan incluso bajo el régimen Beckham.
2. Exchanges sin presencia en España
Por el contrario, si se opera a través de plataformas extranjeras sin sede en España (por ejemplo, Kraken, Coinbase Global, KuCoin, etc.), las plusvalías pueden considerarse obtenidas en el extranjero, y, por tanto, estar exentas bajo el régimen Beckham, siempre que se cumplan los demás requisitos del artículo 93 LIRPF.
3. Billeteras de autocustodia (Metamask, Ledger, etc.)
Un caso especial son las wallets sin intermediarios, también llamadas billeteras de autocustodia. Según la Consulta Vinculante V2325-22 de la Dirección General de Tributos, si el contribuyente controla la clave privada desde territorio español, las ganancias derivadas de esas operaciones se consideran obtenidas en España:
“Cuando el contribuyente tiene el control efectivo de la clave privada desde territorio español, las rentas derivadas de la transmisión de criptomonedas deben considerarse obtenidas en España.”
Esto implica que incluso si el token está emitido fuera de España, la simple gestión de la wallet desde territorio nacional puede hacer tributar la operación bajo la Ley Beckham.
Riesgo fiscal: compensación de pérdidas en cripto
Uno de los aspectos más desconocidos —y potencialmente más perjudiciales— del régimen de impatriados (Ley Beckham) es la prohibición de compensar pérdidas patrimoniales entre activos distintos. Esta limitación puede generar una carga fiscal inesperada y desproporcionada para los inversores en criptomonedas.
Bajo este régimen especial, el contribuyente no tributa como residente ordinario, por lo que no se le aplican las normas generales del IRPF relativas a la compensación de pérdidas y ganancias. Esto se traduce en que:
- Solo se pueden compensar pérdidas con ganancias derivadas del mismo activo (por ejemplo, vender ETH con pérdidas y recomprar ETH más adelante con ganancias).
- No se pueden compensar pérdidas entre activos diferentes, como intercambiar BTC por USDT, o ETH por NFTs.
- No se aplican pérdidas generadas en DEX, pools de liquidez, swaps entre tokens, farming, NFTs o airdrops, salvo que impliquen transmisión del mismo activo exacto.
El resultado: el inversor tributa por todas las plusvalías generadas, sin poder reducir su base imponible aunque haya sufrido pérdidas reales con otros activos.
Este riesgo es especialmente relevante en estrategias con alta rotación o diversificación de tokens, donde se producen swaps frecuentes, movimientos entre DEXs o staking con recompensas variables. La falta de compensación puede disparar la factura fiscal.
En AFCripto somos especialistas en fiscalidad cripto y cumplimiento normativo. Analizamos cada caso concreto, optimizando la estrategia fiscal dentro del marco legal aplicable.
Contáctanos y te ayudamos a evitar errores y sanciones.