Modelos 720 y 721: Como afectan a las criptomonedas

Modelos 720 y 721: Como afectan a las criptomonedas

Hacienda ha aumentado el control sobre las criptomonedas con los modelos 172 y 173, que obligarán a los Exchanges a facilitar saldos y la operativa de sus clientes con residencia fiscal española. Adicionalmente, llega el modelo 721 viene a cerrar el círculo con el que obtener información sobre los inversores en criptomonedas.

¿Quieres saber más acerca del modelo 721 y sobre sus diferencias con el modelo 720? En este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre ellos.


¿Qué es el modelo 720?

El modelo 720 es un formulario de la Agencia Tributaria que se utiliza para declarar la entrada o salida de bienes y derechos situados en el extranjero, como acciones, participaciones en sociedades, títulos, seguros, depósitos, cuentas y otros activos cuando superen en valor 50.000€ en el extranjero.

Este modelo, aunque inicialmente se planteó incluir a las criptomonedas, finalmente se desechó la idea y han credo un modelo especifico, el 721, para las criptomonedas.

¿Qué es el modelo 721?

El modelo 721 es un trámite impuesto por la Agencia Tributaria y que es será de obligado cumplimiento por los residentes fiscales españoles que dispongan de saldos superiores a 50.000€ a fecha del 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal en el extranjero.

Este modelo, previsiblemente, entrará en vigor el 1 de enero de 2024, y por el cual, deberemos informar de los saldos de los que dispongamos el último día de cada año en criptomonedas y otros criptoactivos (como tokens o NFT’s) y que se encuentren en el extranjero en custodia de un tercero.

Cabe destacar, que quedarán fuera de la obligación a declarar del modelo 721 todos aquellos saldos que estén bajo auto custodia en billeteras, como Ledger o Metamask si están bajo nuestra propiedad y salvaguarda, o en exchanges españoles como Binance, Bit2me.

Por ello, desde AFCripto recomendamos a los usuarios a estar en alguna de las anteriores situaciones para evitar la obligación de realizar el modelo e informar a Hacienda, dado que aunque lo hagamos, de contener errores, podríamos acabar sancionados.

Diferencias entre modelo 720 y 721

La principal diferencia entre el modelo 720 y el modelo 721 se encuentra en que el primero está destinado a declarar bienes en el extranjero de diversa índole como propiedades o acciones cotizadas, mientras que el segundo, está diseñado específicamente para criptomonedas.

Es por ello por lo que, disponemos de más de 50.000€ en efectivo en un Exchange a 31 de diciembre en el Exchange situado en el extranjero, deberemos realizar el 720, mientras que si son criptomonedas las que se encuentran fuera de España y su conjunto suma más de 50.000€, nos tocará informar con el 721.

Es necesario destacar, que ambos formularos son informativos y que, en sí mismo, no causan un coste en lo económico a los declarantes, más allá de las eventuales sanciones por declarar incorrectamente.

¿Y qué hay de los modelos 172 y 173?

Los modelos 172 y 173, son modelos informativos para Exchanges y empresas del sector situados en territorio español, los cuales estarán obligados a final de año de facilitar saldos y la operativa del declarante a la Agencia Tributaria.

El modelo 721, viene a complementar la información que ahora les faltará a Hacienda, estrechando si cabe un poco más el círculo sobre aquellos obligados tributantes que no cumplan con sus obligaciones.

Sanciones del modelo 721

Tras el toque de atención por parte de la Unión Europea a España por el modelo 720, han rebajado notablemente las sanciones sobre el modelo 721, las cuales quedarán de la siguiente manera:

  • Sanción de 200€ por no presentarlo teniendo obligación.
  • Sanción de 150€ por hacerlo de manera incorrecta.

Recuerda que en AFCripto podemos realizar el modelo 721 por ti si lo precisas.

Conclusión

La Agencia Tributaria ha pisado el acelerador en cuanto al control sobre criptomonedas con los diferentes modelos que se podrán en marcha durante el año 2024 para el ejercicio fiscal 2023. Será necesario tener mucho cuidado alrededor de todos estos trámites y tener nuestra contabilidad al día si no queremos tener sustos.

Aprovechamos la ocasión para recordaros que podemos ayudaros a reconstruir vuestra contabilidad y resolver las dudas fiscales que tengáis podéis contactarnos.

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